Canal Ético

En Formas Nivaria, estamos comprometidos con la transparencia, la integridad y el cumplimiento de los principios éticos en todas nuestras actividades. Para ello, ponemos a disposición de todos nuestros empleados, clientes, proveedores y colaboradores un Canal Ético que permite comunicar de manera confidencial cualquier conducta que pueda contravenir los valores, normas internas o la legislación vigente.

Este canal es una herramienta clave para reforzar nuestro compromiso con la ética y la responsabilidad social, promoviendo un entorno de trabajo respetuoso, íntegro y seguro.

A través de este canal, se pueden reportar situaciones como:

  • Incumplimientos normativos o legales.
  • Incumplimiento de la normativa interna de la empresa,  incluidos los principios y valores que asumen como guía de conducta de todos los empleados.

Las denuncias realizadas serán gestionadas de forma confidencial y respetando la protección de los datos personales. Además, garantizamos la ausencia de represalias para aquellos que actúen de buena fe al reportar una irregularidad.

Las denuncias realizadas con mala fe, es decir, a sabiendas de su falsedad o con el propósito de perjudicar a un compañero o superior, serán objeto de sanción disciplinaria, sin perjuicio de la eventual responsabilidad penal por la posible comisión de un delito de injurias o calumnias, o la responsabilidad civil por la lesión al derecho al honor.

Los canales de comunicación son los siguientes:

  • Correo electrónico: canaletico@formasnivaria.es
  • Información directa, verbal o por escrito, al Responsable del Sistema.
  • Mediante reunión con el Responsable del sistema

La comunicación de riesgos, incumplimientos o infracciones se encuentra regulada en la Política del Sistema Interno de Información así como en el Procedimiento de Gestión, Investigación y respuesta de Comunicaciones.

Para información adicional a la contenida en la web sobre el funcionamiento del Canal Ético , puede ponerse en contacto a través del siguiente correo electrónico: canaletico@formasnivaria.es.

¿Qué es un canal de denuncias?

En base al compromiso de FORMAS NIVARIA, S.L. con el cumplimiento tanto de la normativa externa que le es de aplicación como de sus propias políticas y principios empresariales éticos y de conducta, FORMAS NIVARIA, S.L anima a cualquier integrante de la empresa o cualquier persona ajena a ella, que conozca o sospeche de un incumplimiento normativo (bien de la legislación o su normativa de desarrollo, bien de la normativa interna corporativa) cometido por un integrante de la empresa o por terceros que estén en contacto con ésta en el marco de sus actividades laborales o profesionales, a que lo comunique a la empresa.

En FORMAS NIVARIA, S.L. estamos comprometidos con la transparencia y el comportamiento ético, por lo que ponemos a disposición de los empleados una valiosa vía de comunicación, como es el Sistema interno de información, en el que se garantiza la confidencialidad de la información y del informante y agradecemos sinceramente  su utilización en aras a robustecer la empresa y su sostenibilidad.

¿Quién puede comunicarse a través del canal interno de información?

Cualquier persona que tenga una relación laboral con la empresa, miembros del consejo de administración y alta dirección, así como ex empleados o personas que se encuentren en proceso de selección, según indica la normativa vigente de aplicación.

¿Qué contenido debe tener la comunicación?

Las comunicaciones deberán contener, en la medida de lo posible, la siguiente información:

  1. Nombre y apellidos de la/s persona/s a las que se atribuyen los hechos y/o conductas objeto de comunicación.
  2. Fecha de los hechos y máxima información disponible sobre los mismos.
  3. Eventuales documentos u otros medios de prueba que tenga a su alcance y que puedan acreditar la realidad de los hechos y/o conductas objeto de comunicación.

¿Qué derechos tiene el informante?

    1. Derecho a recibir información previa
      Previa interposición de la comunicación, el informante podrá tener acceso a información fácilmente comprensible sobre todo el proceso. Por ello desde FORMAS NIVARIA, S.L. nos comprometemos a informar debidamente al informante de todos los trámites en relación al proceso de denuncia.
    2. Derecho a la utilización de la información con carácter restrictivo.
      La información que facilite el informante no podrá ser utilizada para fines distintos a los de la investigación.
    3. Derecho a la confidencialidad
      FORMAS NIVARIA, S.L.  garantiza la confidencialidad en el recibimiento y gestión de las comunicaciones realizadas a través del presente Sistema de información interno. En todas las fases del proceso sólo se solicitarán los datos estrictamente necesarios para su tramitación. Además, solo podrá acceder a dichos datos el personal autorizado.
    4. Derecho a recibir un «acuse de recibo»
      FORMAS NIVARIA, S.L.  informará al informante de la recepción de la comunicación en un plazo máximo de 7 días.
    5. Derecho a recibir información razonable
      FORMAS NIVARIA, S.L.  informará al informante del estado de la comunicación en un plazo máximo de tres meses a partir del envío del acuse de recibo.
    6. Derecho a una investigación transparente a un interlocutor imparcial
      Las comunicaciones o consultas recibidas serán tratadas con la máxima transparencia e imparcialidad por parte de los encargados de la investigación, que poseen la preparación suficiente y adecuada para responder a las dudas del informante o tramitar la comunicación interpuesta.
    7. Derechos derivados de la Protección de Datos
      FORMAS NIVARIA, S.L. garantiza que todos los datos que proporcione el informante utilizando el canal de información serán tratados conforme a la normativa vigente de protección de datos.
    8. Derecho a la no represalia
      FORMAS NIVARIA, S.L.  recoge la prohibición de represalias al informante , por tanto no se podrá exigir al mismo responsabilidad por la información contenida en la comunicación, salvo que actúe de mala fe.

¿Qué obligaciones tiene el informante?

FORMAS NIVARIA, S.L. recuerda a cualquier persona que informe mediante el sistema de información interno que debe someterse al principio de buena fe de los hechos comunicados.

Se considera que el informante no actúa de buena fe cuando el autor de la comunicación es consciente de la falsedad de los hechos, o actúa con manifiesto desprecio a la verdad, o con la intención de venganza, o de perjudicar a la empresa  o de acosar a la persona denunciada, o de lesionar su honor, o de perjudicarle laboral, profesional o personalmente.

Si se demuestra que la comunicación se ha realizado de mala fe, no estará amparado por la normativa de protección al informante y se podrán aplicar medidas tanto disciplinarias como penales.

Las pruebas que se aporten en la comunicación deben haberse obtenido de forma lícita, en caso contrario FORMAS NIVARIA, S.L.  podrá remitir a la autoridad judicial competente dicho hecho si se estima constitutivo de delito.

¿Cabe la posibilidad de que se inadmita la comunicación sin tramitar el expediente?

El Responsable del sistema de información inadmitirá la denuncia en los siguientes supuestos:

  • Cuando los hechos reportados no constituyan ninguno de los supuestos a los que se refiere el ámbito material de aplicación del Sistema Interno de Información -definido en el apartado 2 de la Política del Sistema Interno de Información–.
  • Cuando la comunicación sea una mera reproducción de otra anterior previamente inadmitida o debidamente investigada, sin que se aporte información nueva.
  • Cuando el contenido de la misma resulte manifiestamente irrelevante o los hechos reportados resulten inverosímiles o el informante carezca totalmente de credibilidad.
  • Cuando la información sea insuficiente para proceder con cualquier actuación adicional.

¿Cuál es el proceso de tramitación de la comunicación? ¿Cuánto tiempo tardará en resolverse el procedimiento?

Una vez interpuesta la correspondiente comunicación  recibirá un email con acuse de recibo en un plazo máximo de siete días.

Posteriormente le será comunicado el resultado de la investigación interna en un plazo máximo de tres meses salvo que la comunicación sea sobre un hecho delictivo en cuyo caso el plazo de resolución se podrá prorrogar hasta los 6 meses desde la recepción de la comunicación.

ANEXOS


 

Política del Sistema Interno de Información

Procedimiento de Gestión, Investigación y Respuesta de Comunicaciones